Respuesta inicial
Si el contrato es temporal, debe distinguirse el vencimiento de una ruptura anticipada. Si es indefinido —incluido el temporal continuado—, puede denunciarse sin justa causa con el preaviso del artículo 25. La resolución inmediata exige incumplimiento o concurso en los términos del artículo 26.
La decisión extintiva debe coordinarse con liquidación de comisiones, operaciones posteriores, posible clientela, gastos no amortizados y obligaciones postcontractuales.
Primero: fijar la duración real
- Fecha de inicio de la relación efectiva.
- Contrato temporal o indefinido.
- Prórrogas y modificaciones.
- Continuidad después del vencimiento.
- Periodos anteriores que cuentan para el preaviso.
Si ambas partes continuaron ejecutando una agencia temporal, se transforma en indefinida y se computa también la duración anterior.
Vías de terminación
El vencimiento exige comprobar que ha llegado el término pactado y que no existe prórroga o continuidad que altere sus efectos. Después deben liquidarse las operaciones y los derechos que subsistan.
La denuncia ordinaria de una agencia indefinida no exige imputar un incumplimiento. Debe comunicarse por escrito y respetar el preaviso legal o el plazo superior válidamente acordado.
La terminación inmediata exige comprobar la causa legal invocada y notificar por escrito la voluntad de extinguir y su fundamento. No se sustituye esa comprobación con una referencia genérica a dificultades o pérdida de confianza.
Puede ordenar transición, pagos y renuncias, con información suficiente y redacción precisa.
Cómputo y forma del preaviso
El plazo es de un mes por año de vigencia, con máximo de seis meses; para relaciones inferiores a un año, un mes. Puede pactarse un plazo superior. El preaviso del agente no puede ser inferior al del empresario y, salvo acuerdo, la fecha final coincide con el último día del mes.
La carta debe enviarse por un medio que acredite contenido y recepción. La fecha de recepción fija el cómputo.
Si se pretende prescindir del preaviso
Debe acreditarse un incumplimiento total o parcial de obligaciones legales o contractuales suficientemente relevante. Conviene revisar requerimientos, posibilidad de subsanación, tolerancia y cumplimiento propio.
La carta debe describir hechos concretos; una fórmula genérica de pérdida de confianza o reorganización no sustituye la causa.
Liquidación posterior
Separa las comisiones devengadas de las operaciones posteriores que puedan quedar comprendidas en el artículo 13. Las fechas y circunstancias de cada encargo determinan qué debe liquidarse.
La clientela requiere comprobar los presupuestos del artículo 28 y las exclusiones del artículo 30 de la Ley de Agencia. La forma de terminar puede ser relevante, pero no elimina la necesidad de analizar la aportación comercial y las ventajas futuras.
El artículo 29 regula una indemnización vinculada a gastos realizados siguiendo instrucciones del empresario que no pudieron amortizarse por la terminación de una agencia indefinida. No permite reclamar cualquier inversión con solo presentar su factura.
Las acciones de los artículos 28 y 29 de la Ley de Agencia tienen el plazo de un año desde la extinción. Ese plazo no debe trasladarse sin más a la reclamación de comisiones u otras cantidades.
Lista de control antes del envío
- Confirmar modalidad y fundamento.
- Calcular fecha final y preaviso.
- Ordenar comisiones y pedidos.
- Revisar clientela, gastos e inversiones.
- Preparar devolución de materiales, datos y accesos.
- Evitar interrupciones anticipadas incompatibles con el preaviso.
- Comprobar coherencia con comunicaciones anteriores.
- Definir canal de negociación y reserva de acciones.
Errores frecuentes
- Tratar un temporal continuado como contrato vencido.
- Calcular el preaviso desde la última renovación y no desde el inicio relevante.
- Resolver por una causa tolerada o no documentada.
- Dejar comisiones posteriores fuera de la liquidación.
- Confiar en una comunicación verbal.
Datos mínimos para valorar la terminación
- Fecha inicial, duración y renovaciones.
- Fecha prevista de terminación.
- Modalidad elegida y causa.
- Incumplimientos y requerimientos.
- Comisiones y pedidos pendientes.
- Clientes nuevos o incrementados.
- Gastos e inversiones instruidos.
- Pactos de no competencia y obligaciones posteriores.
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Dirección jurídica: Álvaro Parra Navarro. Alcance y actualización de esta guía. La información general debe contrastarse con el contrato y los documentos del asunto.