Defensa · Clientela

Cómo defender una reclamación por indemnización de clientela

La respuesta eficaz no consiste en negar toda clientela, sino en comprobar uno por uno los presupuestos, reconstruir la cartera previa y contrastar el método económico utilizado.

Principal, fabricante o proveedorA quién afecta
Tras recibir requerimiento o demandaMomento crítico
Reclamación, contrato y CRM históricoPrimer documento

Orden de defensa

Calificación

Comprobar si existía agencia, distribución, suministro u otra figura.

Derecho

Revisar requisitos legales, analogía, exclusiones y causa de extinción.

Hechos

Separar clientes preexistentes, aportados, inactivos y perdidos.

Cuantía

Atacar base, periodo, margen, persistencia y duplicidades.

Clientela preexistente y fuerza de marca

En agencia, la cartera previa, el origen de los clientes y la actividad del agente son relevantes para decidir si concurren los requisitos del artículo 28.1. Sin embargo, reconocida la indemnización, la doctrina actual del Tribunal Supremo impide utilizar prestigio de marca, publicidad, volatilidad o duración como una segunda rebaja porcentual. En distribución, esos factores sí pueden ser relevantes para la atribución de la cartera, la identidad de razón y la cuantificación analógica.

Ausencia o reducción de ventaja futura

Puede acreditarse que los clientes dejaron de comprar, migraron por razones externas, no eran recurrentes, pertenecían a licitaciones o que el proveedor carece de acceso directo. Las ventas posteriores deben conciliarse por cliente y producto, no inferirse de cifras agregadas.

Incumplimiento y causa de terminación

En agencia, el artículo 30 LCA contempla supuestos de inexistencia del derecho. En cualquier relación, la causa invocada debe documentarse y conectarse con obligaciones concretas. Una causa genérica, cambiante o tolerada puede debilitar la defensa.

Impugnación de la cuantía

  • En agencia, la defensa debe centrarse en los requisitos del artículo 28.1, las exclusiones del artículo 30 y la correcta composición y periodo del conjunto retributivo; no en una moderación adicional una vez reconocido el derecho.
  • La base de agencia comprende todas las remuneraciones vinculadas a la actividad, no solo las comisiones.
  • En distribución no debe copiarse una anualidad de comisiones inexistentes: deben revisarse primero el pacto y, en su defecto, la analogía y el beneficio neto.
  • En ambos regímenes deben excluirse duplicidades con lucro cesante, preaviso u otros daños.
  • La pericial debe revelar datos, hipótesis y sensibilidad de escenarios.

Criterios de apoyo

Referencia verificada

STS 99/2009, de 4 de marzo

ECLI:ES:TS:2009:900ConcesiónAnalogía limitada

La compensación en distribución no opera automáticamente y exige probar aportación efectiva y aprovechamiento potencial.

Centra la defensa en presupuestos y prueba.

Referencia verificada

STS 801/2025, de 20 de mayo

ECLI:ES:TS:2025:2220rec. 934/2020Distribución exclusiva

La falta de preaviso no genera indemnización automática; el daño debe ser causal y cuantificarse sobre ganancia neta, no compras o facturación bruta.

Referencia prioritaria para impugnar cálculos automáticos.

Problemas relacionados

Revisado por Álvaro Parra Navarro, abogado el 16 de septiembre de 2026. Consulta cómo se mantiene esta web. Información general: la conclusión exige examinar contrato, hechos, comunicaciones, cifras, prueba y plazos.

Análisis individualizado

El contrato, las fechas y la prueba determinan el alcance de la revisión.

La primera valoración permite separar cuestiones asentadas, conceptos que deben cuantificarse y puntos que requieren documentación adicional.

Carta o plazo próximoSolicitar presupuesto