Qué convierte una inversión en una partida defendible
Se realizó para ejecutar ese contrato, territorio, producto o red.
La otra parte la exigió, aprobó o conoció razonablemente.
El activo no puede reutilizarse sin coste o pérdida relevante.
Debe identificarse el coste neto realmente soportado, la parte pendiente de amortización y el valor que todavía pueda recuperarse. El uso alternativo y el valor de venta son formas de valorar esa recuperación; no deben restarse dos veces sobre el mismo activo.
Documentos que deben formar el expediente
- Cláusula o instrucción que exigió la inversión.
- Presupuesto, factura, pago y fecha de puesta en servicio.
- Plan de amortización contable y económico.
- Autorizaciones, previsiones y comunicaciones de continuidad.
- Fotografías, especificaciones y uso exclusivo para la marca.
- Valor de mercado, ofertas de venta o uso alternativo.
- Contratos laborales, alquileres o financiación vinculados.
Stock: coste histórico no equivale a daño
La valoración debe distinguir mercancía corriente, personalizada, perecedera, obsoleta, mínimos impuestos, recambios y material promocional. Deben documentarse fecha de compra, rotación, caducidad, devoluciones, ventas posteriores y descuentos de liquidación.
Objeciones que suelen plantearse
- La inversión fue voluntaria u ordinaria para cualquier negocio.
- Estaba amortizada o se realizó conociendo el próximo cese.
- El activo conserva valor o puede utilizarse con otras marcas.
- El stock fue adquirido en exceso o fuera de previsiones razonables.
- La mercancía puede venderse, devolverse o liquidarse.
- La cuantía incluye costes generales o duplica lucro cesante.
Método de cuantificación prudente
Primero se determina el coste neto acreditado y la parte que ya se ha amortizado. Después se valora qué utilidad conserva el activo: puede venderse, reutilizarse o destinarse a otra actividad. Esa recuperación debe computarse una sola vez, sin sumar como descuentos independientes el valor residual y un uso alternativo que representan el mismo valor. La parte no recuperable requiere además fundamento jurídico y relación causal con la ruptura.
El inventario debe separar unidades vendidas o devueltas de las que permanecen. Para las existencias pendientes se contrasta el coste neto o valor contractual pertinente con su valor recuperable, incluidos los costes necesarios de salida. No se descuenta de nuevo una venta ya retirada del inventario ni se duplica un descuento que ya redujo el coste de adquisición. La diferencia económica no acredita por sí misma una obligación de recompra.
El informe debe mostrar qué unidades y valores compara, por qué son pertinentes y dónde se ha aplicado cada recuperación. Así puede comprobarse la pérdida sin duplicar descuentos ni confundirla con el derecho a reclamar.
Problemas relacionados
Dirección jurídica: Álvaro Parra Navarro. Alcance y actualización de esta guía. La información general debe contrastarse con el contrato y los documentos del asunto.