Jurisprudencia · Calificación

Jurisprudencia sobre calificación de agencia, distribución y relación laboral

El nombre del contrato no decide. Facturación, riesgo, stock, margen o comisión, autonomía, instrucciones y relación con el cliente determinan el régimen de terminación.

Todas las posicionesA quién afecta
Antes de elegir acción o jurisdicciónMomento crítico
Facturas, pedidos y operativaPrimer documento

Indicadores funcionales

Cuenta ajena

Promoción estable de operaciones del empresario: posible agencia.

Cuenta propia

Compra y reventa con riesgo: distribución.

Retribución

Comisión frente a margen, descuentos, rappels o resultado de reventa.

Organización

Autonomía empresarial frente a dependencia y ajenidad laboral.

Cliente final

Quién contrata, factura, cobra, soporta impago y fija precio efectivo.

Integración

Marca, manuales, objetivos y control no resuelven por sí solos.

STS 560/2012: la realidad probada prevalece

Referencia verificada

STS 560/2012, de 2 de octubre

ECLI:ES:TS:2012:6721rec. 1656/2009Relación no escrita

Distingue promoción por cuenta ajena de funciones de distribución y logística; la parte debe probar los elementos del régimen que invoca.

Referencia para contratos verbales, exclusiva y carga probatoria.

TJUE Trendsetteuse: no decidir por un solo indicio

Referencia verificada

TJUE, Trendsetteuse, C-828/18, 4 de junio de 2020

ECLI:EU:C:2020:438Agente comercialFacultad sobre precios

La facultad de modificar los precios de los bienes vendidos por cuenta del empresario no es requisito imprescindible para ser agente.

Evita excluir la agencia por un único dato formal.

Posible laboralidad

Referencia verificada

STS, Sala Social, 805/2020, de 25 de septiembre

ECLI:ES:TS:2020:2924rec. 4746/2019Realidad sobre nomen iuris

Valora dependencia y ajenidad mediante indicios y prima la realidad sobre la etiqueta contractual.

Su utilidad aquí es metodológica: una relación mercantil aparente puede requerir análisis laboral.

Consecuencias de una calificación errónea

  • Aplicar o negar indebidamente la LCA.
  • Calcular sobre comisiones cuando existe margen o a la inversa.
  • Utilizar un preaviso equivocado.
  • Elegir tribunal o jurisdicción incorrectos.
  • Ignorar plazos laborales o mercantiles distintos.
  • Destruir o no pedir la prueba funcional relevante.

Problemas relacionados

Revisado por Álvaro Parra Navarro, abogado el 16 de septiembre de 2026. Consulta cómo se mantiene esta web. Información general: la conclusión exige examinar contrato, hechos, comunicaciones, cifras, prueba y plazos.

Análisis individualizado

El contrato, las fechas y la prueba determinan el alcance de la revisión.

La primera valoración permite separar cuestiones asentadas, conceptos que deben cuantificarse y puntos que requieren documentación adicional.

Carta o plazo próximoSolicitar presupuesto